Confederación General del Trabajo
Sección Sindical Estatal en Banesto

Libranza 1/3 de sábados

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En Madrid, a veinticuatro de abril de 2.002, reunidas las representaciones que al final de presente documento se reseñan,

ACUERDAN

Establecer, para la red comercial de oficinas, incluido el personal de las Direcciones Regionales, la libranza de 1/3 de los sábados comprendidos entre el 1 ° de octubre y el 31 de marzo, preservando el normal desenvolvimiento de las mismas.

Por otra parte, atendiendo a las especiales circunstancias concurrentes, los empleados que presten servicio en alguno de los distintos Departamentos de SS.CC., desempeñando el horario establecido en el artículo 25.2 del vigente Convenio Colectivo, se podrán beneficiar de un día de licencia retribuida, al margen de los reconocidos en el artículo 27.5 del citado texto, cuyo disfrute tendrá lugar, una vez salvadas las necesidades del servicio, en la fechas que acuerde la dirección de cada departamento con el trabajador.

En este caso, cuando a criterio del Banco se entiendan cubiertas las necesidades organizativas que lo permitan, se establecerá la libranza del 1/3 de sábados, sustituyendo citado beneficio por el día de licencia anteriormente reseñado. En este sentido, con anterioridad al 1.1.03 se volverá a analizar la situación para poder determinar la viabilidad de su aplicación a partir de la citada fecha.

Tanto la libranza del 1/3 de sábados como las licencias retribuidas, se establecen sin menoscabo de la duración anual de la jornada establecida en el Convenio Colectivo, por lo que la imposibilidad de su disfrute por necesidades organizativas no llevará aparejada compensación alguna.

El presente Acuerdo, que compensará y absorberá cualesquiera mejora que por vía legal o convencional pudieran en el futuro establecerse, tendrá efectividad desde la fecha de su firma, estableciéndose una vigencia inicial hasta 31.12.02, pudiendo prorrogarse automáticamente por años naturales, salvo previa expresa denuncia por el Banco o por mayoría de la representación sindical firmante.

BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO
CC.OO.  U.G.T.  FITC C.G.T.
 


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